04.02.2013
El CAA avala a AEPAA-APRIA sobre los criterios de aplicación del 6% para la financiación del Cine
El texto íntegro del informe se puede ver en el apartado Legislación, Andalucía, Otros de nuestra página web
El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha aprobado un informe jurídico por el que se concluye que los ingresos comprendidos en los apartados Ingresos de Explotación (el importe de la cifra de negocios, tanto en ventas como en prestaciones de servicio) y Otros Ingresos de Explotación (ingresos accesorios y otros de gestión corriente y las subvenciones de explotación incorporadas al resultado del ejercicio, entre las que se incluyen las aportaciones de la Junta de Andalucía para financiar las actividades corrientes del ejercicio), constituyen los ingresos computables al objeto del cumplimiento de la obligación de financiación establecida en el articulo 5 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).
El Consejo viene a decir, en consecuencia, que el 6% habrá de aplicarse sobre todos los ingresos descritos con anterioridad para cumplir la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA), algo que no se ha producido en ningún momento desde que se promulgó.
El texto íntegro del informe se puede ver en el apartado Legislación, Andalucía, Otros de nuestra página web.